EXTINGUEN LOS CONTRATOS Cumplimiento:
se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del contrato y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. En todo caso, su constatación exigirá por parte de la Adm. un acto formal y positivo de recepción o conformidad. Como regla general se fijará un plazo de garantía a contar de la fecha de recepción o conformidad.
Resolución:
podrá resolverse a causa de determinadas circunstancias Seguir leyendo “Que es el elemento causal de los actos administrativos” »