La escritura pública es un tipo de instrumento público, como se establece en los artículos 1699 del Código Civil y 403 del Código Orgánico de Tribunales:
LA ESCRITURA PÚBLICA es el instrumento público o auténtico autorizado con las solemnidades legales, por el competente notario e incorporado en un protocolo o registro público.
Requisitos
1. Autorizados por notario competente
Es notario competente aquel que ha sido legalmente nombrado, que actúa dentro del territorio de su jurisdicción y Seguir leyendo “Escritura Pública” »