Archivo de la etiqueta: Estado de excepcion

Estados de Excepción, Alarma y Sitio en España

B. El Estado de Excepción

El estado de excepción se declara cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales o cualquier otro aspecto del orden público resulten gravemente alterados. Para su declaración es necesaria la autorización previa del Congreso de los Diputados, que establece un período máximo de duración de 30 días, prorrogables por otros 30. El Decreto Seguir leyendo “Estados de Excepción, Alarma y Sitio en España” »

Estados de Excepción: Guía Completa de su Régimen Legal

Este documento proporciona una guía completa sobre el régimen legal de los estados de excepción en Venezuela, analizando sus diferentes formas, requisitos, procedimientos y efectos.

1. Objeto de la Ley

La ley tiene por objeto regular los estados de excepción en sus diferentes formas: estado de alarma, estado de emergencia económica, estado de conmoción interior y estado de conmoción exterior.

2. Presupuestos para Decretar Estados de Excepción

Los estados de excepción solo pueden decretarse Seguir leyendo “Estados de Excepción: Guía Completa de su Régimen Legal” »

Derecho Constitucional: Bases, Nacionalidad, Ciudadanía y Garantías en Chile

Derecho Constitucional

La aparición del Derecho Constitucional como disciplina jurídica autónoma es relativamente reciente. A fines del siglo XVIII se crearon en Italia las primeras cátedras de Derecho Constitucional. En Francia, la primera cátedra se creó en 1834 en la Facultad de Derecho de París.

En Chile, ninguna universidad impartió la enseñanza del derecho público. Solo en 1829, el español José Joaquín Mora comienza a dictar en el Liceo de Chile un curso con la denominación de Seguir leyendo “Derecho Constitucional: Bases, Nacionalidad, Ciudadanía y Garantías en Chile” »

Semejanzas entre ley y decreto

Los estado de sitio y asamblea solo puede ser declarado por el presidente por acuerdo del congreso nacional el cual tiene 5 días para pronunciarse sobre la proposición del presidente. Debe decidir el congreso entre un sí o un no, sin poder agregar condiciones a la solicitud del presidente. Si no le da su acuerdo el presidente no puede declarar ninguno de estos dos estados.
Sólo tratándose del estado de sitio y del estado de asamblea, mientras el congreso está decidiendo si da o no el acuerdo, Seguir leyendo “Semejanzas entre ley y decreto” »