B. El Estado de Excepción
El estado de excepción se declara cuando el libre ejercicio de los derechos y libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los servicios públicos esenciales o cualquier otro aspecto del orden público resulten gravemente alterados. Para su declaración es necesaria la autorización previa del Congreso de los Diputados, que establece un período máximo de duración de 30 días, prorrogables por otros 30. El Decreto Seguir leyendo “Estados de Excepción, Alarma y Sitio en España” »