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Análisis de la Libertad Religiosa, Igualdad y Relaciones entre el Ordenamiento Estatal y Autonómico

Libertad Religiosa e Ideológica

4.1 Libertad religiosa e ideológica. Dos posturas: estado confesional de religión católica o estado laico. Al final, estado laico pero con una relación muy estrecha con la religión católica. Art. 16. Esta es la libertad que se reconoce a los individuos de tener cualquier motivación sobre cualquier materia. Manifestaciones:

Análisis de la Constitución Española: Modelo Económico, Nación, Estado Laico y Organización Territorial

1. Modelo Económico en la Constitución Española

La Constitución Española de 1978 establece una serie de principios básicos para la ordenación jurídica de las actividades económicas, lo que se conoce como «constitución económica» u «orden público económico».

La iniciativa privada es un principio fundamental, junto con la propiedad privada y la herencia (art. 33) y la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado (art. 38, primer inciso). Estos derechos se incluyen en la sección Seguir leyendo “Análisis de la Constitución Española: Modelo Económico, Nación, Estado Laico y Organización Territorial” »

El Estado y las Entidades Religiosas en España

1. La Confesionalidad del Estado

1.1. Características de la Confesionalidad

Se caracteriza por:

  • Reconocimiento de una religión como oficial del Estado en Leyes o concordatos.
  • Protección de una determinada religión por parte del Estado en las leyes.
  • Compromiso de inspirar la legislación en la religión.

1.2. Diferencias con Otros Modelos

Se distingue de otros modelos como:

Derecho Eclesiástico del Estado: Modelos y Regulación en España

MODELOS VIGENTES

1. Estado confesional (Confesionalidad)

1.1. Características

  • Reconocimiento de una religión como oficial del Estado en Leyes o concordatos
  • Protección de una determinada religión por parte del Estado en las leyes
  • Compromiso de inspirar la legislación en la religión

1.2. Distinción con otros modelos

a) Estado teocrático: el gobierno se le atribuye directamente a Dios, identificándose política y teología. No hay dualidad de poderes.

b) Estado que mantiene relaciones con la Santa Seguir leyendo “Derecho Eclesiástico del Estado: Modelos y Regulación en España” »