Organización Central del Estado: El Gobierno
La organización central se refiere al gobierno en sentido amplio, presentando una doble naturaleza: constitucional y administrativa. Es constitucional porque está previsto en el artículo 97 de la Constitución Española (CE) y constituye, junto con el Congreso, el núcleo del proceso legislativo en España, produciendo actos que, en principio, no son susceptibles de control judicial. Es administrativo porque es el órgano supremo dentro de la Administración Seguir leyendo “Estructura y Organización del Estado Español: Gobierno y Comunidades Autónomas” »