FASE PREVIA AL JUICIO ORAL: LA CONCILIACIÓN JUDICIAL
Como acto previo a la celebración del juicio, tenemos la conciliación judicial, que en la actualidad se realiza ante el secretario judicial.
Los litigios que han de someterse a la conciliación judicial son todos aquellos que no estén sometidos a reclamación previa. Es el último momento en que la ley exige a las partes que intenten llegar a un acuerdo. Se desarrolla ante el secretario judicial, quien también es el que lo aprueba o autoriza. Seguir leyendo “Fases Procesales en el Derecho Laboral Español: Conciliación, Incidentes Previos, Alegaciones y Reconvención” »