Archivo de la etiqueta: Excepciones mixtas

Monto de la reparación. Fijación por el juez, la ley y las partes

Consecuencias de la supremacía constitucional

1° consecuencia ninguna norma puede estar en contrario a la norma, deben estar conforme, de dos maneras, respetar su contenido (constitucionalidad material) y debe respetar los procedimientos, formalidades y competencia (constitucionalidad formal). Quien dicte la norma debe estar facultado para dictar las normas, ya que si una autoridad actúa en donde no tiene competencia, es una falta y no tiene valor.

2° consecuencia Toda norma jurídica va a recibir Seguir leyendo “Monto de la reparación. Fijación por el juez, la ley y las partes” »

Requisitos de la presunción

Los contratos formales son aquellos a los que se exige una determinada forma.
No obstante, la doctrina reserva esa denominación para aquellos contratos en los que el ordenamiento condiciona su existencia o validez a la utilización de una forma, que por ello se califica de forma sustancial o solemne. En otras ocasiones la forma es exigible únicamente como medio de prueba. Finalmente, una tercera función de la forma se relaciona con la consecución de una mayor eficacia contractual, de manera que Seguir leyendo “Requisitos de la presunción” »