Notificaciones y Citaciones
Las notificaciones y citaciones se harán a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes al en que se dicten las providencias respectivas.
Todas las personas que intervengan en un procedimiento en materia penal designarán, desde la primera diligencia, un domicilio ubicado en el lugar para recibir notificaciones. Cuando se omita o no se diga el domicilio, la publicación se realizará en lugar visible del Juzgado, Tribunal o Agencia del Ministerio Público.
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