Extinción de las Fundaciones
Causas de extinción (art. 31 Ley 50/02):
- Expiración del plazo
- Realización íntegra del fin fundacional
- Imposibilidad de realización del fin fundacional
- Fusión (art. 30 Ley 50/2002)
- Otra causa prevista en los Estatutos o las leyes
- Insuficiencia patrimonial para atender el fin previsto, salvo fin menos ambicioso con autorización del Protectorado
Los bienes y derechos resultantes de la liquidación se destinan a fundaciones con fines de interés general, no a herederos.