Intervención de las Comunicaciones Telefónicas
Características Principales
- Judicialidad: Sólo el juez puede ordenar la intervención telefónica, en algunos supuestos lo puede hacer el Fiscal (secuestro extorsivo) siempre dando comunicación en el plazo de 24 hs bajo pena de nulidad, para legitimar y darle validez al acto.
- Especialidad: Está prohibido por ley la inteligencia interna de forma genérica por las fuerzas de seguridad, salvo que exista una orden judicial o una causa en trámite. Con Seguir leyendo “Intervención de las Comunicaciones Telefónicas: Garantías y Jurisprudencia” »