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Huelga y Descentralización Productiva: Impacto en Empresas y Contratistas

Huelga y Descentralización Productiva

Efectos de la Huelga de los Trabajadores de la Empresa Contratista sobre la Principal

Regla General

El empresario principal no cuenta con un mecanismo específico, ya que no existe relación jurídica con los trabajadores en huelga. Entonces, ¿qué puede hacer?

  1. Puede pactar con la contratista una cláusula de responsabilidad en caso de ocupación ilegal del centro de trabajo.
  2. En ausencia de una cláusula contractual, se deben considerar los criterios jurisprudenciales Seguir leyendo “Huelga y Descentralización Productiva: Impacto en Empresas y Contratistas” »

Responsabilidad Civil y Fractura Causal

Factor de Atribución

No es lo mismo haber actuado con culpa inexcusable que con culpa leve. Hay dos perspectivas:

  1. Contractual (1321)
    1. Las obligaciones nacen para cumplirse: Incumplimiento total e incumplimiento inexacto (parcial, tardío o defectuoso).
    2. Soluciones frente al incumplimiento:
      • Teoría del riesgo
      • Resolución
      • Ejecución
      • Responsabilidad por daños y perjuicios

Diligencia Ordinaria

Toda persona que actúa con el debido cuidado no puede ser imputable de responsabilidad. Lo opuesto es la actuación Seguir leyendo “Responsabilidad Civil y Fractura Causal” »

Extinción y Modificación de Obligaciones: Formas de Pago e Incumplimiento

Formas Especiales de Pago e Incumplimiento de Obligaciones

Formas Especiales de Pago

La Imputación de Pagos

Cuando además de realizar la prestación, hace falta la declaración de realizarla con el fin de cumplimiento, puede ocurrir:

  1. Que sin más quede fijada la obligación que se paga. Cosa que ocurre:
    1. Bien porque hubiese esa sola obligación que cumplir.
    2. Bien porque habiendo más de una obligación, de otras circunstancias o de la naturaleza de la prestación, se siguiese la adscripción del pago Seguir leyendo “Extinción y Modificación de Obligaciones: Formas de Pago e Incumplimiento” »

Efectos en Contratos Bilaterales: Incumplimiento, Rescisión, Saneamiento y Más

Efectos Generales en los Contratos Bilaterales

A) Incumplimiento por Caso Fortuito o Causa Mayor

  • Principio general para todos los contratos excepto los traslativos de dominio: “Nadie está obligado a lo imposible”.
  • Reglas para los contratos traslativos de dominio:
    • a) Cuando el bien o la cosa está determinada e identificada.
    • b) Si la cosa es genérica, no hay transmisión hasta que se hace cierta y determinada.

B) Incumplimiento Culpable

  • Cumplimiento forzoso.
  • Rescisión.

Rescisión

Resolución de un contrato Seguir leyendo “Efectos en Contratos Bilaterales: Incumplimiento, Rescisión, Saneamiento y Más” »

Incumplimiento de Obligaciones: Causas, Efectos y Responsabilidades

Incumplimiento de las Obligaciones

Se incumple una obligación cuando el deudor no realiza la prestación debida, la realiza de modo defectuoso, parcial o tardíamente.

El incumplimiento propio, según el art. 1101 del Código Civil (CC), consiste en contravenir el tenor de la obligación o infringir el derecho de crédito.

Las consecuencias del incumplimiento varían según si es imputable al deudor o no. Generalmente, el incumplimiento imputable obliga al deudor a indemnizar al acreedor por los daños Seguir leyendo “Incumplimiento de Obligaciones: Causas, Efectos y Responsabilidades” »

Incumplimiento Inimputable y Caso Fortuito: Excepciones y Efectos

Incumplimiento Inimputable

El deudor materialmente incumple, pero es irresponsable porque un caso fortuito incide generando imposibilidad de pagar lo debido o, por la influencia de circunstancias excepcionales, la prestación que debe se hace excesivamente onerosa y no corresponde sujetarlo a ella.

Caso Fortuito

Es el que no ha podido preverse, o que previsto, no ha podido evitarse.

Caso fortuito: hecho de la naturaleza, hecho de menor significación, hecho imprevisible, imprevisible e inevitable para Seguir leyendo “Incumplimiento Inimputable y Caso Fortuito: Excepciones y Efectos” »

Caso Fortuito y Fuerza Mayor en Derecho Civil

Definición

Art. 1272 C.C. El deudor no está obligado a pagar daños y perjuicios, cuando, a consecuencia de un caso fortuito o de fuerza mayor, ha dejado de dar o de hacer aquello que estaba obligado o ha ejecutado lo que estaba prohibido.

Teorías que diferencian ambas expresiones

De origen romano:

  • Caso Fortuito: es aquel que proviene de accidentes naturales o es ajeno a la voluntad humana.
  • Fuerza Mayor: proviene de un tercero, hubiese procedido este en forma legítima o ilegítima.

Para Planiol: