Atribuciones del Instituto Nacional de Transporte Terrestre
Artículo 23
Son atribuciones del Instituto Nacional de Transporte Terrestre:
1. La planificación y ejecución de programas de fortalecimiento institucional del sector transporte terrestre
2. Llevar el Registro del Sistema Nacional de Transporte Terrestre
3. Registro, expedición, renovación y control de licencias para conducir vehículos a motor, en el ámbito nacional, en los diferentes grados y categorías.