Oposición al Matrimonio
¿Quiénes pueden oponerse al matrimonio?
El padre, la madre, abuelos, hermanos, tíos, tutor o curador, y el cónyuge de la persona que pretende contraer otro matrimonio, el síndico procurador municipal (es el abogado del municipio).
¿Cómo se realiza dicha oposición?
Esta se hará ante el funcionario que haya recibido la manifestación de voluntad de los futuros contrayentes o ante el escogido para presenciarlo. Debe ser por escrito y firmada, fundamentando en este las Seguir leyendo “Nulidad del Matrimonio y sus Efectos” »