Imprevisión
Toda obligación contraída debe ser cumplida del modo pactado (pacta sunt servanda). Puede ocurrir que las circunstancias al momento de celebrar la obligación varíen al tiempo de su cumplimiento, de modo imprevisible para las partes, tornando excesivamente oneroso el pago de la prestación. No se trata de una imposibilidad de pago, sino de una dificultad en él, por ser desmesuradamente oneroso.
La teoría de la imprevisión es aplicable a los contratos que sean onerosos, conmutativos Seguir leyendo “Cumplimiento de Obligaciones y Teoría de la Imprevisión en Contratos” »