Imputación del Pago
Imputación por el Acreedor
Si el deudor no imputa el pago, el acreedor se encuentra facultado a hacerlo en el momento de recibirlo, conforme a estas reglas:
- Debe imputarlo a alguna de las deudas líquidas y exigibles.
- Una vez canceladas totalmente una o varias deudas, puede aplicar el saldo a la cancelación parcial de cualquiera de las otras.
Imputación Legal
Si el deudor o el acreedor no hacen imputación del pago, se lo imputa:
- En primer término, a la obligación de plazo vencido Seguir leyendo “Imputación y Subrogación de Pagos en las Obligaciones” »