Incumplimiento Inimputable
El deudor materialmente incumple, pero es irresponsable porque un caso fortuito incide generando imposibilidad de pagar lo debido o, por la influencia de circunstancias excepcionales, la prestación que debe se hace excesivamente onerosa y no corresponde sujetarlo a ella.
Caso Fortuito
Es el que no ha podido preverse, o que previsto, no ha podido evitarse.
Caso fortuito: hecho de la naturaleza, hecho de menor significación, hecho imprevisible, imprevisible e inevitable para Seguir leyendo “Incumplimiento Inimputable y Caso Fortuito: Excepciones y Efectos” »