Archivo de la etiqueta: Interdictos posesorios

Protección Legal de la Propiedad, Copropiedad y Posesión en Derecho Romano

La defensa judicial de la propiedad: acciones

Se refiere al supuesto en virtud del cual la propiedad ha sido perturbada o violada. Contra ello, el titular de los bienes reacciona ante dicha privación o desconocimiento de propiedad, o sobre el dominio total o parcial de la cosa. Por ello, según el grado de perturbación, así será el grado de respuesta jurídica que utilizará dicho propietario.

Si la perturbación es total, el propietario tendrá derecho a una reclamación por la totalidad de su Seguir leyendo “Protección Legal de la Propiedad, Copropiedad y Posesión en Derecho Romano” »

Posesión Civil: Corpus, Animus y Protección Legal en el Código Civil

Posesión Civil: Corpus y Animus

Concepto de Posesión Civil

22. La posesión civil, no la mera tenencia, requiere corpus y animus.

Corpus: (Señorio de hecho sobre la cosa) Art. 438 CC: «La posesión se adquiere: 1. Por la ocupación material de la cosa o derecho poseído; o 2. Por el hecho de quedar estos sujetos a la acción de nuestra voluntad; o 3. Por los actos propios y formalidades legales para adquirir tal derecho».

Picazo entiende que las dos primeras formas legales son solo una: que se ejecute Seguir leyendo “Posesión Civil: Corpus, Animus y Protección Legal en el Código Civil” »

Juicios Declarativos Especiales: Interdictos Posesorios y Arbitraje

Juicios Declarativos Especiales

1. Juicios Posesorios o Interdictos Posesorios

El objetivo de estos interdictos es la conservación o recuperación de bienes raíces o derechos reales constituidos sobre ellos. Son juicios declarativos de procedimiento breve y concentrado.

Para deducir la acción posesoria, se requiere que la posesión haya estado en forma ininterrumpida y tranquila al menos un año. Incluso el mero tenedor puede exigir la acción, pero este debe haberse realizado a través de un despojo Seguir leyendo “Juicios Declarativos Especiales: Interdictos Posesorios y Arbitraje” »

Excepción de posesión viciosa

6.Transmisión DE LA PROPIEDAD.A) POR Desaparición SIMULTANEA DEL CORPUS Y DEL ANIMUS: Este supuesto se verifica A través de:1. La enajenación de la cosa poseída, caso en el cual el anterior poseedor de la Cosa entrega al adquiriente, quien la posee en adelante en su lugar.2. El abandono de la cosa poseída, el poseedor abandona la cosa con intención de Renunciar a la misma.En ambos casos el poseedor se Desprende voluntariamente de la posesión, pierde el Corpus y el Animus.B) POR LA PÉRDIDA Seguir leyendo “Excepción de posesión viciosa” »