La Audiencia Previa en el Juicio Ordinario
La audiencia previa, regulada en los arts. 414 y ss. de la LEC, es una actuación obligatoria en el juicio ordinario. Se convoca a las partes tras la contestación a la demanda o reconvención, o una vez transcurridos los plazos legales, con una antelación de 20 días. El Letrado de la Administración de Justicia realiza la convocatoria, informando a las partes sobre la posibilidad de llegar a un acuerdo o acudir a mediación. La audiencia se celebra incluso Seguir leyendo “La Audiencia Previa y la Prueba en el Proceso Civil: Análisis Detallado” »