En el proceso penal no hay partes
materiales porque las partes acusadoras, por definición, están fuera de los
hechos. Solo podemos usar el concepto de parte formal, que es aquel que pide y
aquel frente a quien se pide la tutela jurisdiccional. Las partes del proceso penal
Partes acusadoras:Ministerio Fiscal,Acusación
particular,Acusación popular,Acusador privado: Acusador de delitos perseguibles
solo a instancia de parte, Actor civil:
No ejercita la acción penal, solo la civil procedente del Seguir leyendo “Delitos privados, públicos y semipúblicos” »
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