¿COMO SE RESPONDE SI UNO DE LOS MIEMBROS DEL GRUPO O SOCIO CAUSA EL DAÑO POR SU DESEMPEÑO PROFESIONAL?- En Francia por la ley de sociedades civiles profesionales cada asociado es responsable de sus actos pero al mismo tiempo la sociedad también resulta responsable(se sostiene que como la sociedad es la que firma el contrato esta también debe responder). Esta solución parece razonable pero asalta la duda sobre el fundamento de la resp del profesional individual, ya que él como persona Seguir leyendo “Secreto profesional y charlatanismo profesional” »