1.POSICIÓN JURÍDICA DEL FIDUCIARIO
Es un heredero, aunque con carácter temporal o condicional, empero, está sometido a cuantas limitaciones nacen del hecho de que ha de conservarlos para posteriormente transmitirlos. En la actualidad queda totalmente abandonada la tesis por la cual se equiparaba la posición jurídica del Fiduciario a la del Usufructuario, pues en el art.
783 se le concede la facultad de hacer mejoras con derecho a reclamar su importe (a diferente del Usufructo). Otra diferencia Seguir leyendo “La institución de heredero forma y requisitos” »