Archivo de la etiqueta: Ius offerendi

La institución de heredero forma y requisitos

1.POSICIÓN JURÍDICA DEL FIDUCIARIO

Es un heredero, aunque con carácter temporal o condicional, empero, está sometido a cuantas limitaciones nacen del hecho de que ha de conservarlos para posteriormente transmitirlos. En la actualidad queda totalmente abandonada la tesis por la cual se equiparaba la posición jurídica del Fiduciario a la del Usufructuario, pues en el art.
783 se le concede la facultad de hacer mejoras con derecho a reclamar su importe (a diferente del Usufructo). Otra diferencia Seguir leyendo “La institución de heredero forma y requisitos” »

Adquisición de la propiedad derecho romano

CAPACIDAD LEGAL PARA CIERTOS ACTOS Y CONTRATOS
12 años: PRESTAR SU CONSENTIMIENTO ACOGIMIENTO O ADOPCIÓN. El menor tiene la obligación y capacidad de ser escuchado.
14 años: OTORGAR TESTAMENTO SALVO EL OLÓGRAFO, SER TESTIGO EN PROCESOS JUDICIALES… Un ológrafo se escribe, se firma y debe ser totalmente autografiado. Cuando esa persona fallece se hace el cotejo pericial de letras y si no era una simple manifestación de deseo sino una verdadera declaración de voluntad revoca los testamentos Seguir leyendo “Adquisición de la propiedad derecho romano” »

Héroe a mi pesar

Orden de prelación de Castilla, Navarra, Aragón y Valencia + drcos territoriales.

Castilla: 1. El Ordenamiento de Alcalá: Es el Derecho real territorial o general en su conjunto, y por tanto no sólo el Ordenamiento en sí, sino el conjunto de Ordenamientos (leyes del rey)
Y Pragmáticas que conforman el derecho legal territorial. 2. Fueros Municipales: En defecto del Ordenamiento de Alcalá, debía acudirse a los Fueros, pero siempre y cuando no fueran contrarios a Dios, a la moral o las leyes Seguir leyendo “Héroe a mi pesar” »