Tema III: Juicio Breve (art. 881-894 C.P.C.)
Concepto
Tiene duración de 20 días hábiles. Los actos se abrevian, pero es similar al juicio ordinario, afectando los lapsos, mas no los actos. Las materias que se ventilan terminan muy rápido, manteniéndose breve tanto en primera como en segunda instancia. Demanda, admisión (3 días), citación, contestación (segundo día), pruebas (10 días), sentencia (5 días), apelación (3 días), no existiendo informes u observaciones.
Demanda (art. 881)
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