LA CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA
Concluida la audiencia preliminar sin que haya sido posible la conciliación ni el arbitraje, el demandado deberá, dentro de los 5 días de despacho siguientes, consignar por escrito la contestación de la demanda, la cual debe ser expuesta en forma oral en la audiencia de juicio, donde el demandante y el demandado deben comparecer y exponer oralmente los alegatos contenidos en la demanda y su contestación.
Establece el artículo 135 LOPT que, si el demandado no Seguir leyendo “Plazo para dictar sentencia en juicio ordinario” »