IX. Atribuciones Conexas
Son aquellas facultades que la Constitución o las leyes entregan a los órganos jurisdiccionales, pero que no tienen carácter jurisdiccional, sino más bien de naturaleza administrativa. De conformidad con lo establecido en el artículo 3 COT, pueden ser de tres clases: conservadoras, económicas y disciplinarias.
Son un complemento necesario de la labor jurisdiccional de nuestros tribunales de justicia. Sus objetivos o funciones primordiales, en términos generales, son Seguir leyendo “Atribuciones Conexas y Actos Judiciales No Contenciosos en el Poder Judicial” »