CONCEPTO DE COSA
En su acepción más general, las cosas son el objeto de la propiedad y de los derechos reales, si bien jurídicamente, solo son cosas las entidades útiles para los hombres, accesibles, apropiables y dotadas de un valor económico.
CLASIFICACIÓN
1) La distinción más antigua es la que se establece, como apunta Gayo (jurista del siglo II d.C.) entre
- Las res mancipi: eran las cosas de mayor valor tales como el esclavo, . Precisaban para su transmisión de un negocio jurídico solemne Seguir leyendo “Concepto de Cosa y Derecho Justinianeo” »