5. Los Tribunales del orden social-laboral entenderán de:-conflictos laborales (individuales o colectivos) – reclamaciones en materia de seguridad social. Art.11. Los Tribunales no pueden dejar de resolver.1. En todo tipo de procedimiento se respetará las reglas de la buena fe. No surtirán efecto las pruebas obtenidas, directa o indirectamente, violando los derechos y libertades fundamentales.2. Los juzgados y tribunales de conformidad con el principio de tutela efectiva deberán resolver siempre Seguir leyendo “Jurisdiccion penal española” »