Entrada y Registro en Lugar Cerrado
La diligencia de entrada y registro en lugar cerrado (artículos 545 a 572 de la LECrim) tiene como fin recoger fuentes de investigación o a la misma persona del procesado. Su práctica implica, tratándose de domicilios, una limitación al derecho fundamental de inviolabilidad del domicilio (artículo 18.2 de la CE) justificada por el cumplimiento de determinados fines del proceso penal.
Presupuestos Generales
Se precisa de un auto judicial (se aplica el principio Seguir leyendo “Procedimientos Judiciales: Entrada y Registro, Funciones del Jurado y Veredicto” »