Lección 10
2. LA COMUNIDAD ORDINARIA INDIVISA:
CONFIGURACIÓN Y CONSTITUCIÓN
2.1. Configuración
Se da cuando varias personas son titulares del derecho de propiedad o de un derecho real, como se desprende del 552-2 a). No se aplica este régimen cuando la cotitularidad recae en un derecho de crédito.
Ya hemos dicho que se configura como una comunidad de tipo romano en que hay cuotas y cada comunero puede disponer libremente de su cuota, es decir, enajenarla o gravarla (552-3.1) y en que cualquier Seguir leyendo “La Comunidad Ordinaria Indivisa: Configuración, Constitución y Acciones en Defensa de la Cosa Común” »