Definición y Características del Contrato de Seguro
El artículo 71 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro (LCS) define el contrato de seguro como aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar, dentro de los límites pactados, el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas. Su finalidad es la cobertura recíproca de una necesidad Seguir leyendo “Ley de Contrato de Seguro: Elementos, Clases, Obligaciones y Duración” »