Base Constitucional
Artículo 156, Numeral 26 C.R.B.V
Deviene de la competencia del Poder Público Nacional el cual atribuye al mismo el régimen de la navegación y del transporte aéreo, terrestre, marítimo, fluvial y lacustre, de carácter nacional; de los puertos, de aeropuertos y su infraestructura.
Base Legal
Ley de Transporte Terrestre (Gaceta Oficial N° 38.985 del 01 de Agosto de 2008)
Objeto
Artículo 1
La presente Ley tiene por objeto la regulación del transporte terrestre, a los fines de Seguir leyendo “Fundamento Constitucional y Legal del Transporte Terrestre en Venezuela” »