En sentido estricto, la Constitución Española (CE) denomina Poder Judicial a una parte del conjunto de órganos, que es la más importante cuantitativamente. Esta parte se regula en el Título VI de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Este Poder Judicial queda sujeto en la CE a tres principios fundamentales:
Unidad
Art. 117.5 + 3.1: El principio de unidad jurisdiccional es la base de la organización y funcionamiento de los tribunales. El art. 3.1 establece que la jurisdicción es única. Seguir leyendo “El Poder Judicial en España: Organización, Principios y Garantías” »