De los Requisitos para Contraer Matrimonio
Artículo 15
Para contraer matrimonio se requiere haber cumplido dieciocho años.
De los Impedimentos para el Matrimonio
Artículo 22
Son impedimentos para celebrar el contrato de matrimonio y pueden ser denunciados al Oficial del Registro Civil por cualquier persona:
- La edad menor a dieciocho años en la mujer y en el varón.
- Derogada.
- El parentesco por consanguinidad legítima o natural, sin limitación de grado en línea recta, ascendente o descendente. En la Seguir leyendo “Requisitos e Impedimentos para el Matrimonio en México” »