LA LEY EN LA CONSTITUCIÓN
D) RESERVA DE LEY
La Constitución reserva determinadas materias para ser reguladas, de una manera más o menos completa, por ley: es lo que se denomina ‘reserva de ley’. Esta regulación debe realizarse por las Cortes Generales o, al menos, por norma de igual rango y fuerza que la ley parlamentaria. La intensidad de esta reserva puede variar en dos sentidos:
- Según se requiera que la regulación sea mediante ley en sentido estricto (ley parlamentaria dictada por las Cortes Seguir leyendo “Reserva de Ley y Tipos de Leyes en la Constitución Española” »