Tema 4: el reglamento como
Aquella norma que resulta dictada per parte del complejo que forman el
Gobierno y la Administración, y que se caracteriza por estar
Jerárquicamente subordinada a las normas con rango de ley.
A menudo el reglamento como norma se define a partir de sus
Principales diferencias con la Ley:
– El reglamento no puede considerarse como el producto de la
Voluntad de la comunidad,es una norma secundaria, subalterna, inferior y
Complementaria de la ley (distinto rango) no
Puede Seguir leyendo “Quien aprueba los reglamentos” »
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Quien aprueba los reglamentos
Reglamento
Es toda norma escrita aprobada por el Gobierno, los Consejos de Gobierno de las
CCAA y las Administraciones Públicas con
Rango inferior a la Ley o normas con fuerza de ley.
Los Reglamento se diferencian de las normas que hemos estudiado hasta ahora por su Inferior valor jerárquico, pero se Asemejan, por su carácter de auténtica norma jurídica. Desde el punto de vista Descriptivo, se estima que la inmensa mayoría de las normas vigentes en nuestro Ordenamiento Jurídico son reglamentos, Seguir leyendo “Quien aprueba los reglamentos” »
Jerarquia interna de los reglamentos
Tema3.El reglamento
Los reglamentos administrativos son fuentes de derecho, que proceden directamente de la Administración y es importante porque la Administración Pública para desarrollar sus actividades precisa de los reglamentos porque estos contienen normas jurídicas. Podemos definir los reglamentos administrativos como disposiciones administrativa de carácter general y de rango inferior a la ley.
Sus características son:-Son dictados por la Administración-Son de carácter general por Seguir leyendo “Jerarquia interna de los reglamentos” »
Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. clases. procedimiento de elaboracion y aprobacion
LECCIÓN 5
I. EL REGLAMENTO.
1.- Concepto.Son las normas que aprueban el Gobierno y las AP. Tienen un valor subordinado a la CE y a las leyes
2.- La potestad reglamentaria.Se reconoce esta potestad al Gobierno (art.
97 CE), e implícitamente a la AP (arts. 106.1 y 153.c). Por último, también a las CC.AA., Provincias y Municipios (art. 137). Los demás órganos de la Administración sólo tendrán potestad reglamentaria interna o administrativa, al igual que otras entidades públicas con reconocimiento Seguir leyendo “Ordenanzas y reglamentos de las entidades locales. clases. procedimiento de elaboracion y aprobacion” »