Artículo 92°
Integrantes y Designación
Habrá un Tribunal Constitucional integrado por diez miembros, designados de la siguiente forma:
- Tres designados por el Presidente de la República.
- Cuatro elegidos por el Congreso Nacional. Dos serán nombrados directamente por el Senado y dos serán previamente propuestos por la Cámara de Diputados para su aprobación o rechazo por el Senado. Los nombramientos, o la propuesta en su caso, se efectuarán en votaciones únicas y requerirán para su aprobación Seguir leyendo “El Tribunal Constitucional y sus Atribuciones” »