Archivo de la etiqueta: Libertad religiosa

Derechos y Libertades Personales: Vida, Integridad, Creencias y Seguridad

Derechos y Libertades de la Esfera Personal

Los derechos en la esfera personal son aquellos que se aplican y refieren a la persona aisladamente considerada, abstracción hecha de los demás individuos. Son los más básicos y elementales y coinciden con el núcleo esencial de la primera generación: Derecho a la vida, Derecho a la integridad física, Derecho a la libertad personal, etc. Se corresponden con el “estatus libertatis” de la persona, que garantizan un ámbito de libertad y privacidad Seguir leyendo “Derechos y Libertades Personales: Vida, Integridad, Creencias y Seguridad” »

Libertad Religiosa en España: Derecho Fundamental y Principio Informador

La Libertad Religiosa en la Constitución Española: Derecho Fundamental y Principio Informador

La libertad religiosa, en el contexto español, no solo se reconoce como un derecho fundamental inherente al individuo, sino también como un principio informador que orienta la actuación del Estado en materia eclesiástica. Esta doble vertiente es crucial para comprender el alcance y la protección de este derecho en España.

La Libertad Religiosa como Principio Informador

Fuentes, Principios y Libertad Religiosa en el Derecho Eclesiástico Español

Fuentes del Derecho Eclesiástico

Las fuentes del Derecho Eclesiástico son de dos tipos: unilaterales (provenientes del legislador) y pacticias (fruto de un pacto).

Fuentes Unilaterales

La ley suprema unilateral del ordenamiento jurídico español es la Constitución Española (CE) de 1978. En su artículo 16 reconoce la libertad religiosa (LR):

  1. Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto sin más limitaciones que las necesarias para mantener el orden público.
  2. Nadie podrá ser obligado Seguir leyendo “Fuentes, Principios y Libertad Religiosa en el Derecho Eclesiástico Español” »

Relaciones del Estado Español con las Confesiones Religiosas: Aspectos Clave

Principio de No Confesionalidad y Cooperación (Artículo 16.3 CE)

El artículo 16.3 de la Constitución Española establece que «Ninguna confesión tendrá carácter estatal». Además, indica que los poderes públicos «tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones».

Acuerdos con la Santa Sede: El Concordato

El acuerdo de 1979 entre el Estado español y la Santa Sede, Seguir leyendo “Relaciones del Estado Español con las Confesiones Religiosas: Aspectos Clave” »

Derecho Eclesiástico del Estado: 50 Preguntas Clave y Respuestas

  1. El dualismo Gelasiano

    Incide en la separación Iglesia-Estado.

  2. La reforma luterana

    Favorece el sistema monista de relaciones Iglesia-Estado.

  3. Instituciones regalistas

    Implican la injerencia del poder civil sobre el eclesiástico.

  4. Principios informadores

    Libertad, igualdad, laicidad y cooperación.

  5. Laicidad positiva

    El Estado no puede permanecer indiferente frente al hecho religioso.

  6. Principio que decide la forma de Estado a la hora de regular el hecho religioso

    Libertad religiosa.

  7. Fuentes materiales del Derecho Seguir leyendo “Derecho Eclesiástico del Estado: 50 Preguntas Clave y Respuestas” »

Relaciones Iglesia-Estado y Derecho Eclesiástico en España: Aspectos Clave

Dualismo Gelasiano: Relaciones entre Poder Religioso y Civil

El Dualismo Gelasiano se originó a finales del siglo V, a partir de una carta del Papa Gelasio I al Emperador de Oriente. En ella, se establecían las bases de las relaciones entre el poder religioso y el civil, afirmando la superioridad del primero. Gelasio I reconocía que la Iglesia debía acatar las leyes civiles, pero el Emperador debía someterse a las leyes divinas.

Principios del Dualismo Gelasiano

  1. Existencia de dos potestades legítimas Seguir leyendo “Relaciones Iglesia-Estado y Derecho Eclesiástico en España: Aspectos Clave” »

Fuentes del Derecho Eclesiástico Español: Constitución, Ley Orgánica y Acuerdos

Fuentes del Derecho Eclesiástico Español

Fuentes Unilaterales

Serán fuente de producción del Derecho Eclesiástico todos los órganos legislativos civiles, en sus diferentes niveles de competencia. Sin embargo, también habremos de incluir como fuente de producción originaria a algunas normas procedentes de autoridades religiosas, en cuanto que el ordenamiento estatal les concede vigencia, mediante un proceso de estatalización. No existe un código de Derecho Eclesiástico. Se consideran fuentes Seguir leyendo “Fuentes del Derecho Eclesiástico Español: Constitución, Ley Orgánica y Acuerdos” »

Libertad Ideológica y Religiosa en España: Un Derecho Fundamental

Libertad Ideológica y Religiosa en España

Es un derecho de gran importancia. Si el derecho a la vida es el soporte para el ejercicio de todos los demás, la libertad ideológica es la condición sine qua non para la comprensión de los mismos. El Tribunal Constitucional (TC) engloba los derechos del art. 16 en la fórmula “Libertad de creencias”. La libertad religiosa ha sido desarrollada en la Ley Orgánica 7/1980 (LOLR). El bien jurídico protegido es la libertad de pensamiento y conciencia, Seguir leyendo “Libertad Ideológica y Religiosa en España: Un Derecho Fundamental” »

Análisis de la Libertad Religiosa, Igualdad y Relaciones entre el Ordenamiento Estatal y Autonómico

Libertad Religiosa e Ideológica

4.1 Libertad religiosa e ideológica. Dos posturas: estado confesional de religión católica o estado laico. Al final, estado laico pero con una relación muy estrecha con la religión católica. Art. 16. Esta es la libertad que se reconoce a los individuos de tener cualquier motivación sobre cualquier materia. Manifestaciones:

Principios del Derecho Eclesiástico Español: Libertad, Igualdad y Laicidad

Principios Fundamentales del Derecho Eclesiástico Español

Los principios informadores del Derecho eclesiástico español son los valores superiores o ideas fundamentales que inspiran la regulación del factor social religioso en nuestro ordenamiento jurídico. Estos principios, formalizados en la Constitución, se consideran principios constitucionales.

Principio de Libertad Religiosa

El principio de libertad religiosa, el más importante, se regula en el artículo 16 CE y se relaciona con: