T-11: La Protección Constitucional y Judicial de las Libertades Informativas
Derecho de Rectificación
Art. 1: Derecho a rectificar la información difundida que sea errónea o perjudicial. (Si se difunde información falsa sobre una persona, esta tiene derecho a desmentirla. En caso de fallecimiento, sus familiares pueden ejercer este derecho).
Art. 2: La solicitud de rectificación debe dirigirse al director del medio en un plazo de siete días tras la publicación.
Art. 3: El medio debe publicar Seguir leyendo “Protección de Libertades Informativas y Deontología Periodística” »