Contratos Consensuales
Se forman por el solo acuerdo de las partes, por el consenso. Las partes dan entonces a conocer su voluntad por carta o por un mensajero que verbalmente lo transmite. Este no se considera como un mandatario encargado de realizar un contrato por otro, sino como un simple instrumento del consentimiento, un medio material de transmitir el consentimiento, sea por carta o por mensaje. Son aquellos que no requieren de forma solemne ni tampoco de una datio rei, se perfeccionan solamente Seguir leyendo “Contratos Romanos: Compraventa, Arrendamiento y Mandato” »