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Fianza omnibus

EL CONTRATO DE FIANZA


El contrato de fianza lo define el código como aquél contrato por el cual una persona se obliga a pagar o cumplir una obligación por un tercero, en el caso de no hacerlo éste. Considerado como un contrato de carácter subsidiario. 

Caracteres:

Es accesorio, pues no hay fianza sin una obligación principal.
· Es consensual porque se perfecciona por el solo consentimiento.  ·

Puede ser oneroso o gratuito

La doctrina francesa considera que la retribución del acreedor pagada Seguir leyendo “Fianza omnibus” »