Imprevisión
Toda obligación contraída debe Ser cumplida del modo pactado {pacta Sunt servanda). Puede ocurrir que circunstancias al ser celebrada la Obligación varíen al tiempo de su cumplimiento, de modo imprevisible para las partes, Tornando excesivamente oneroso el pago de la prestación. No es imposibilidad de Pago sino de una dificultad en él, Por ser desmesuradamente oneroso.
La teoría de la imprevisión es Aplicable a los contratos que sean onerosos, Conmutativos y de ejecución Diferida Seguir leyendo “Constituir en mora al deudor” »