DER SUBJ.
Concepto
De los dos elementos que integran la relación jurídica, deber jurídico y derecho subjetivo, este último es el elemento primordial del que se deriva o es simple consecuencia el deber jurídico correlativo. Esto explica que el concepto fundamental del Derecho privado sea el de derecho subjetivo. El derecho subjetivo es un poder atribuido por el Ordenamiento jurídico a un sujeto; además, es la parte o lado activo de la relación jurídica.Teorías
-T. de la voluntad, poder Seguir leyendo “Normas jurídicas individualizadas” »