Archivo de la etiqueta: Nulidad de actos administrativos favorables

Revisión de los actos en vía administrativa

I. Declaración DE NULIDAD DE PLENO DERECHO (art. 217 LGT)


Órgano competente: Ministro Hacienda, de oficio o a instancia de parte, en el ámbito de la Administración del Estado, Previo informe favorable del Consejo de Estado.

Supuestos. Actos que:Lesionan los derechos y libertades susceptibles de amparo constitucional./Dictados por órgano manifiestamente incompetente por razón de la materia o del Territorio./ Tengan un contenido imposible./Sean constitutivos de infracción penal o se dictan Seguir leyendo “Revisión de los actos en vía administrativa” »

Que es el elemento causal de los actos administrativos

EXTINGUEN LOS CONTRATOS Cumplimiento:


se entenderá cumplido por el contratista cuando este haya realizado, de acuerdo con los términos del contrato y a satisfacción de la Administración, la totalidad de la prestación. En todo caso, su constatación exigirá por parte de la Adm. un acto formal y positivo de recepción o conformidad. Como regla general se fijará un plazo de garantía a contar de la fecha de recepción o conformidad. 

Resolución:

podrá resolverse a causa de determinadas circunstancias Seguir leyendo “Que es el elemento causal de los actos administrativos” »