Archivo de la etiqueta: Órganos Constitucionales

División de Poderes y Órganos Constitucionales en México: Un Vistazo a la Carta Magna

División de Poderes en la Constitución Mexicana

La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece la estructura fundamental del Estado mexicano, basada en la división de poderes. A continuación, se detallan los artículos más relevantes:

Artículo 49

El Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en Legislativo, Ejecutivo y Judicial. No podrán reunirse dos o más de estos Poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un individuo, Seguir leyendo “División de Poderes y Órganos Constitucionales en México: Un Vistazo a la Carta Magna” »

Conflictos de Atribución entre Órganos Constitucionales: Procedimiento y Efectos

Conflictos de Atribución entre Órganos Constitucionales del Estado

Definición y Regulación (Artículos 73-75 LOTC)

Los conflictos de atribución entre órganos constitucionales del Estado, también conocidos como conflictos de atribución, no están expresamente señalados en la Constitución. Fueron introducidos por el legislador orgánico en la primera versión de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LOTC) y se encuentran regulados en los artículos 73 a 75 de dicha ley. Estos conflictos Seguir leyendo “Conflictos de Atribución entre Órganos Constitucionales: Procedimiento y Efectos” »

El Estado Autonómico Español: Competencias, Instituciones y Órganos Constitucionales

Competencias Compartidas

Se trata de competencias de atribución, en cuanto que las funciones no asumidas expresamente por el Estatuto de Autonomía (EA) se entenderán que siguen incluidas en el ámbito competencial estatal, de acuerdo con la cláusula de cierre donde la competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los EA corresponderá al Estado.

Competencias Legislativas

La atribución de competencias exclusivas en una materia a una Comunidad Autónoma (CCAA) por su EA supone la asunción Seguir leyendo “El Estado Autonómico Español: Competencias, Instituciones y Órganos Constitucionales” »