Archivo de la etiqueta: partición

Guía Completa sobre Partición, Colación, Sucesión Intestada, Testamento y Legítima en el Derecho Sucesorio Argentino

Partición Hereditaria

La Partición es el negocio jurídico que pone fin al estado de indivisión hereditaria, mediante la distribución del activo neto hereditario entre los coherederos, determinando así el haber concreto de cada heredero. Es decir, es el acto jurídico que pone fin a la indivisión y le otorga a cada heredero su parte alícuota de forma exclusiva. La partición produce todos sus efectos transmisibles; para que sea oponible frente a terceros, los bienes registrables deben inscribirse Seguir leyendo “Guía Completa sobre Partición, Colación, Sucesión Intestada, Testamento y Legítima en el Derecho Sucesorio Argentino” »

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Aspectos Clave y Reducciones Aplicables

Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (II)

1. Partición, adjudicación, acumulación y renuncia a la herencia

1.1. La partición y adjudicación

El art. 27 LISD recoge las siguientes reglas:

  1. En las sucesiones mortis causa, cualesquiera que sean las particiones y adjudicaciones que los interesados hagan, se considerará para los efectos del impuesto como si se hubiesen hecho con estricta igualdad y con arreglo a las normas reguladoras de la sucesión, estén o no los bienes sujetos al pago del impuesto Seguir leyendo “Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Aspectos Clave y Reducciones Aplicables” »

Derechos y Obligaciones en el Condominio: Código Civil y Comercial Argentino

Capítulo 3: Condominio sin indivisión forzosa

Sección Única: Partición

Artículo 1983. Condominio. El condominio es el derecho real de propiedad sobre una cosa que pertenece en común a varias personas y que corresponde a cada una por una parte indivisa. Las partes de los condóminos se presumen iguales, excepto que la ley o el título dispongan otra proporción.

Artículo 1984. Aplicaciones subsidiarias. Las normas de este Título se aplican, en subsidio de disposición legal o convencional, Seguir leyendo “Derechos y Obligaciones en el Condominio: Código Civil y Comercial Argentino” »

Administración y partición en la sucesión

ETAPA DE ADMINISTRACIÓN EN LA SUCESIÓN

La administración de los bienes le corresponde a los herederos conjuntamente pero pueden designar un administrador. Cuando hay copropiedad o sociedad conyugal el cónyuge tiene derecho de administrar los bienes del decujus. El albacea tiene el papel de vigilar la administración del cónyuge. Toda la demás administración de la masa hereditaria lo realiza el albacea.

Administración patrimonial implica: