Capitulaciones Matrimoniales
Régimen Económico del Matrimonio
Los artículos 1315 y 1325 del Código Civil establecen las bases del régimen económico matrimonial. El artículo 1325 permite a los contrayentes estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio o cualquier otra disposición relacionada en capitulaciones matrimoniales. El artículo 1315 establece que el régimen económico será el que los cónyuges estipulen en capitulaciones matrimoniales, sin más limitaciones Seguir leyendo “Capitulaciones Matrimoniales: Régimen Económico y Donaciones” »