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Adquisición, Pérdida y Usucapión de la Propiedad: Conceptos Clave

Adquisición de la Posesión

22. La posesión puede adquirirse (art. 438):

  1. Por la ocupación material de la cosa o derecho.
  2. Por quedar estos sujetos a la acción de nuestra voluntad.
  3. Por los actos propios y formalidades legales establecidas para adquirirla (ej: adjudicación judicial, tradición o aceptación de la herencia).

Art. 439: La posesión puede adquirirse por la misma persona que va a disfrutarla, por su representante legal, por su mandatario y por un tercero sin mandato alguno. En este último Seguir leyendo “Adquisición, Pérdida y Usucapión de la Propiedad: Conceptos Clave” »

Derecho de Posesión: Adquisición, Protección y Pérdida

Derecho de Posesión

Concepto de Posesión

Posesión como hecho: El alumno posee un bolígrafo, tiene poder fáctico o poder de hecho sobre el bolígrafo (puede ser propietario, prestado o robado…). (Art. 521-1.1)

Posesión como derecho: Derecho a seguir poseyendo. Ejemplo: Bolígrafo robado: Si el poseedor es privado violentamente del bolígrafo por el verdadero propietario o si se ve amenazado en su dominio fáctico, puede acudir al juez (acción de recuperar la posesión – Art. 522-7 – o acción Seguir leyendo “Derecho de Posesión: Adquisición, Protección y Pérdida” »

Adquisición y Pérdida de la Posesión en el Código Civil

Adquisición y Pérdida de la Posesión

Nota Lección 03

Propiedad

1. Adquisición

En virtud del artículo 1204 del Código Civil, se adquiere la posesión desde el momento que se convierte en posibilidad de ejercer en su propio nombre en cualquiera de los poderes de la propiedad. La posesión puede ser adquirida a fin de:

1.1. Originaria

Se presenta sin los vicios que contaminaron las manos de su predecesor.

1.1.1. Aprehensión de cosas

Que significa apoderarse de su adquisición, un desplazamiento de Seguir leyendo “Adquisición y Pérdida de la Posesión en el Código Civil” »

Nacionalidad y Vecindad Civil en España

Nacionalidad Española

Concepto y Adquisición

La nacionalidad es un vínculo jurídico que implica derechos y obligaciones para la persona con un ordenamiento jurídico determinado. La nacionalidad española se puede adquirir por:

  • Origen: Son españoles de origen los nacidos de padre o madre españoles, los nacidos en España de padres extranjeros si al menos uno de ellos hubiera nacido también en España, y los extranjeros menores de 18 años adoptados por un español.
  • Opción: Aquellos con filiación Seguir leyendo “Nacionalidad y Vecindad Civil en España” »