El Derecho de Asociación y la Garantía Institucional del Estado de Partidos Políticos
La Constitucionalización de los Partidos como Expresión del Pluralismo Político
El artículo 22 de la Constitución Española reconoce el derecho de asociación:
- Se reconoce el derecho de asociación.
- Las asociaciones que persigan fines o utilicen medios tipificados como delito son ilegales.
- Las asociaciones constituidas al amparo de este artículo deberán inscribirse en un registro a los solos efectos de publicidad. Seguir leyendo “El Derecho de Asociación y los Partidos Políticos en España” »