Consustancial a la relación de trabajo es el hecho de que la prestación de servicios ejecutada por el trabajador se ha de realizar en régimen de subordinación. De ahí la atribución al empleador de todo un conjunto de facultades jurídicas exponentes de su posición de preeminencia en la ejecución del contrato de trabajo. Estas facultades se desglosan en tres grupos de poderes:
Poderes Directivos
Capacidad de organización de la actividad laboral en el seno de la empresa, impartiendo órdenes Seguir leyendo “Poderes Empresariales en la Relación Laboral Subordinada” »