CASO 9 (2) Como se trata de una Propiedad Horizontal, y la modificación de la servidumbre afecta al título constitutivo, el acuerdo, conforme a lo que establece el art.
17,6 LH, requiere la unanimidad.
Existe un supuesto de extinción de la servidumbre, en el art. 546 CC, que es la consolidación, la cual consiste en que uno de los propietarios adquiera la propiedad de todas las demás fincas.
El último requisito de la servidumbre es la parcialidad, y esto también es una nota que lo diferencia Seguir leyendo “Servidumbre de desagüe” »